Tribunal Constitucional niega derecho al olvido en caso de Beldor
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Tribunal Constitucional niega derecho al olvido en caso de Beldor

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El Tribunal Constitucional de República Dominicana rechazó una acción de hábeas data presentada por el exdiplomático haitiano Ronal Beldor, quien pedía la supresión de varias publicaciones de 2019 que lo vinculaban a una investigación de narcotráfico. El magistrado argumentó que la información era veraz, provenía de fuentes oficiales y tenía relevancia pública. Además, señaló que la permanencia de la noticia no constituía prueba de culpabilidad.

Criterios del Tribunal

Para que un tribunal ordene la eliminación, el solicitante debe probar que los datos son falsos, inexactos, parciales o provienen de fuentes ilegítimas. El TC equilibró el derecho a la protección de datos personales con la libertad de expresión y el deber informativo de los medios. En la sentencia, se constató que la publicación describía una investigación y no afirmaba culpabilidad, por lo que no se vulneró el principio de calidad informativa.

Jurisprudencia y actualización

El fallo se suma a decisiones anteriores, como la sentencia TC/0171/20, que también desestimó una petición similar de un exoficial del Ejército. En ambas resoluciones, el tribunal subrayó que la documentación que respaldaba la información era suficiente y que el interés público prevalecía. Asimismo, el magistrado Amaury A. Reyes Torres sugirió que el afectado podría solicitar la actualización de los datos si aportara pruebas de su desvinculación de la investigación, ofreciendo una alternativa a la supresión total.

Fuente: Portada