Aumento de 30 % en Poder Judicial causa debate legal
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Aumento de 30 % en Poder Judicial causa debate legal

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El Consejo del Poder Judicial aprobó un aumento salarial acumulado de 30 % para jueces y servidores judiciales y, dentro de la misma reforma, creó una categoría especial de remuneración para los jueces que integran ese órgano de gobierno. La decisión fue presentada públicamente como una actualización general del Manual de Compensación y Beneficios, motivada por el aumento del costo de vida y la evolución de las funciones judiciales y administrativas.

Sin embargo, el acta de la sesión revela que la reforma también incorpora la denominada categoría XVI, Familia de Puesto 41, destinada específicamente a los consejeros del Poder Judicial. El nuevo esquema contempla un incremento de 20 % con vigencia desde el 1 de julio de 2026 y otro 10 % a partir de enero de 2027.

Ambos porcentajes se calcularán sobre el salario de mayo de 2026, por lo que el aumento acumulado será de 30 % y no de 32 %, como ocurriría si el segundo ajuste se aplicara sobre el salario ya aumentado. RELACIONADAS Justicia El Poder Judicial actualiza su sistema de compensación salarial La resolución fue adoptada el 14 de julio, aunque la primera escala tiene efectividad desde el inicio de ese mes.

Una remuneración para quienes adoptan las decisionesEl Consejo del Poder Judicial está integrado por su presidente y cuatro jueces representantes de distintos niveles de la carrera judicial. Sus miembros intervienen en decisiones sobre presupuesto, administración, disciplina, recursos humanos y funcionamiento institucional.

La mayoría justificó la creación de la categoría XVI alegando que los consejeros asumen responsabilidades distintas de las funciones jurisdiccionales ordinarias y que todos ejercen las mismas atribuciones, con igual voz, voto, deberes y responsabilidad, independientemente de si proceden de un juzgado de paz, un tribunal de primera instancia, una corte de apelación o la Suprema Corte de Justicia.

Bajo ese razonamiento, los jueces conservarán su categoría de origen, pero percibirán temporalmente la remuneración correspondiente a la categoría XVI mientras ejerzan como consejeros. El Consejo sostiene que esto no constituye un ascenso, un aumento de jerarquía ni una modificación del escalafón judicial, sino un “tratamiento retributivo funcional” vinculado al cargo temporal.

La distinción semántica no elimina el efecto económico: los jueces integrantes del órgano pasarán a recibir una remuneración distinta y presumiblemente superior a la correspondiente a la categoría judicial por la que fueron electos.

El presidente de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo, Luis Henry Molina, hizo constar en acta que “mantiene el criterio personal asumido en decisiones anteriores respecto de los beneficios remunerativos de aplicación general”, aunque no precisó expresamente en ese documento si renuncia a la nueva categoría salarial.

Fuente: Actualidad